EMPRESAS YA NO PODRÁN CORTAR SERVICIOS SI EL VALOR DE LA DEUDA ES MENOR AL DE LA RECONEXIÓN
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05/19/2017
DIARIO DEL CAUCA.COM.CO
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La plenaria del Senado de la República le dio último debate al proyecto de ley que prohíbe la suspensión del servicio público, sí el saldo de la factura es menor al cobro de reconexión. En el proyecto de ley quedó contemplado que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a tener una oficina de atención al cliente en cada municipio del país donde operan.